En Defensa de la Fe


Causa de las penas – Lo que se expía en el Purgatorio - La doctrina de Suárez - Santa Catalina de Génova

¿Por qué las almas, antes de que se les permita ver el Rostro de Dios, deben sufrir de esta manera? ¿Qué es lo que se expía, cuál es la materia de estas expiaciones? ¿Qué debe purificar y consumir el fuego del Purgatorio en ellas? – “Son las manchas que provienen de sus pecados”.





¿Por qué las almas, antes de que puedan ver a Dios, deben sufrir de esta manera? ¿Qué es lo que se expía, cuál es la materia de estas expiaciones? Son las manchas que provienen de sus pecados¿Por qué las almas, antes de que puedan ver a Dios, deben sufrir de esta manera? ¿Qué es lo que se expía, cuál es la materia de estas expiaciones? Son las manchas que provienen de sus pecados




PRIMERA PARTE



Capítulo 27 - Causa de las penas – Lo que se expía en el Purgatorio - La doctrina de Suárez. - Santa Catalina de Génova

¿Por qué las almas, antes de que se les permita ver el rostro de Dios, deben sufrir de esta manera? ¿Qué es lo que se expía, cuál es la materia de estas expiaciones? ¿Qué debe purificar y consumir el fuego del Purgatorio en ellas? – “Son, contestan los Doctores, las manchas que provienen de sus pecados”.

 

¿Pero qué se entiende aquí por “manchas”?

 

Según la mayoría de los teólogos, no es la culpa del pecado, sino la pena o el pago por el castigo que proviene del pecado.

 

Para comprender esto, es necesario recordar que todo pecado produce un doble efecto en el alma: se llaman la deuda (reatus) de la culpa y la deuda de la pena. Tal efecto hace al pecador no solamente culpable sino también digno de castigo.

 

- Por otro lado, después de que la culpa es perdonada, normalmente queda la pena o castigo por sufrir, en todo o en parte, y debe ser pagado en esta vida o en la siguiente.

 

- Las almas del Purgatorio ya no tienen ninguna mancha de culpa: lo que tenían de culpa venial en el momento de su muerte ha desaparecido a través del ardor de la Caridad pura, con la que son inflamadas en la otra vida. Sin embargo, cargan toda la deuda de las penas que no expiaron antes de la muerte.

 

Esta deuda proviene de todas las faltas cometidas durante la vida, especialmente los pecados mortales, lo cuales fueron perdonados a través de una confesión sincera, pero que fuimos descuidados al no expiarlos mediante dignos frutos de penitencia externa.

 

Esta es la doctrina común que SUÁREZ resume así en su tratado sobre el Sacramento de la Penitencia: "Concluimos, pues, que todos los pecados veniales con los que muere un justo son perdonados en cuanto a la culpa en el momento en que el alma se separa del cuerpo, en virtud de un acto de Amor de Dios y de una contrición perfecta, que ella genera entonces sobre todas sus faltas pasadas.

 

En efecto, el alma en ese momento conoce perfectamente su estado y los pecados de los que es culpable ante Dios; y es al mismo tiempo dueña de sus facultades para actuar.

 

De otro lado, de parte de Dios, se le presta la ayuda más eficaz para actuar según la medida de la Gracia Santificante que posee. De ello se deduce que, en esta perfecta disposición, el alma actúa sin el más mínimo retraso, va directamente hacia Dios, y se libera, por un acto de total y absoluto rechazo, de todos sus pecados veniales.

 

Este acto efectivo y universal es suficiente para borrarlos en cuanto a la culpa”. (Tom. 19 de penitencia. Disputa. XI, sección 4)

 

Toda mancha de culpa ha desaparecido de esta manera; pero el castigo queda aún por expiar en toda su severidad y por toda su duración, a menos que las almas sean ayudadas por los vivos.

 

Ya no pueden obtener ninguna reducción del castigo por sí mismas, porque el tiempo de los méritos propios ya pasó: ya no pueden merecer por sí mismas; solo pueden sufrir y así pagarle a la terrible Justicia de Dios todo lo que le deben, “hasta el último centavo: usque ad novissimum cuadrantem.” (Mat. 5:26).

 

Estas deudas de castigo son restos del pecado y una especie de mancha, que impiden la Visión de Dios y se convierten en un obstáculo para la unión del alma con su Fin Último.

 

SANTA CATALINA DE GÉNOVA escribe: "Puesto que la mancha o la culpa del pecado no existen en las almas del Purgatorio, (2) no hay otro obstáculo para su unión con Dios que los restos del pecado de los que deben purificarse.

 

Este obstáculo que sienten en su interior les causa el tormento de la condenación del que acabo de hablar, y retrasa el momento en que el instinto, que las lleva hacia Dios como su Bien Supremo, recibirá su plena satisfacción.

 

Ellas ven claramente lo que representa ante Dios el más mínimo impedimento causado por los restos del pecado, y que es por causa de la necesidad de justicia que tal impedimento retrasa la plena satisfacción de su instinto beatífico.

 

- De esta visión nace en ellas un fuego de extremo ardor, similar al del Infierno, excepto en la culpa del pecado”. (Tratado del Purgatorio, cap. III)




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